Prórroga de Estancia
Ou Prorrogação da Estadia
Si has llegado a España como turista o con un visado para buscar empleo puedes solicitar la prórroga de estancia hasta un máximo de 90 días.
¿Cuando hay que pedir una prórroga de estancia en España?
Si deseas quedarte al agotarse los 3 meses hay que solicitar una prórroga de estancia cuya extensión no superará los 6 meses. Esto se debe a que España es uno de los países que conforman el espacio Schengen y este dispone que se autorice la entrada por un máximo de tres meses por semestre. No podes estar tres meses en territorio español, salir y regresar inmediatamente. Para volver tendrás que esperar 90 días.
¿Quiénes pueden prorrogar la estancia en España?
Si has entrada como turista: Si ingresaste a España como turista, sin visado podrás prorrogar por 3 meses solo en casos excepcionales, como circunstancias de carácter humanitario, familiar, de atención sanitaria u otras circunstancias que lo justifiquen.Si has entrada con visado: de duración inferior a 3 meses, podrás prorrogar la estancia que figura en el visado, que en ningún caso podrá ser superior a tres meses en un período de seis.
Documentos necesarios para solicitar la prórroga en España
- Debes dirigirte personalmente a la Oficina de extranjeros o Comisaría de Policía del lugar donde resides;
- Completar el impreso de solicitud y adjuntar original y copia de pasaporte (vigencia de pasaporte superior a la prorroga que vas a solicitar) con tres fotos fondo blanco tamaño carne en color;
- Te pedirán que justifiques las razones excepcionales por las que solicitas la prorroga, medios económicos para solventar los gastos de vida diarios en el tiempo de prorroga como por ejemplo: cerificado de tu banco, seguro médico y un billete de regreso con fecha de vuelta confirmada para asegurar el regreso a tu país;
- Te noticiarán al domicilio que figura en el formulario de solicitud su aprobación o denegación.
Si fuera concedida, tendrás que presentarte para que conste en tu pasaporte previo pago de las tasas correspondientes. Si fuera denegada, tendrás que salir de España cuando termine el periodo de estancia inicial, por el cual entraste. Si ese plazo hubiera finalizado resolverán que abandones el país en 72 horas.